Con carácter general, el alumnado matriculado en el centro deberá asistir a las clases con regularidad la totalidad del curso, y así garantizar el seguimiento de la programación y práctica suficiente del idioma.
De acuerdo con la Orden ECD/80/2018, de 2 de julio, que regula el proceso de admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria:
- Los alumnos podrán solicitar la anulación de la matrícula al director de la escuela oficial de idiomas o centro de educación de personas adultas en que cursen sus estudios cuando sobrevenga alguna de las siguientes circunstancias:
-Enfermedad prolongada.
-Incorporación a un puesto de trabajo.
-Obligaciones de tipo familiar o académico que impidan la normal dedicación al estudio.
-Otras circunstancias debidamente justificadas.
- La matrícula anulada, que constará en el expediente académico del alumno, afectará al año académico en el que haya sido concedida. El alumno, en el año académico siguiente, deberá efectuar la matrícula para el mismo curso en el que la anuló o participar en los procesos de admisión si quiere matricularse en cursos sucesivos, en las mismas condiciones que el resto del alumnado.
- La anulación de matrícula de B1, B2.2, C1.2 y C2 supone la anulación de la inscripción para la prueba de certificación correspondiente.
Grupos ordinarios presenciales y semipresenciales: hasta el 16 de abril de 2025
-Descargue la instancia AQUÍ
-Rellene la instancia y entréguela en la secretaría (9 a 14 horas) o envíela por correo electrónico a: secretaria@eoisantander.org
-La resolución de la solicitud se notificará mediante SMS.